¿Qué tener en cuenta a la hora de comprar casa?

¿Qué tener en cuenta a la hora de comprar casa?
5 octubre, 2016 REDPISO NEWS
qué hacer al comprar casa

En primer lugar, para comprar una casa tenemos que valorar el dinero del que disponemos. Hay que tener en cuenta que deberemos entregar una parte de dinero para dar la señal de la casa y saber que pueden surgir gastos imprevistos. Además, a la hora de solicitar la financiación, el banco o entidad financiera no presta el 100% del precio, sino un máximo del 80%. Como devolver esta cantidad nos llevará muchos años, hay que estudiar bien cuánto pagaremos cada mes, siendo aconsejable que no supere el 30%-40% de nuestros ingresos.

También es muy importante elegir una zona que se adapte a nosotros y que nos ofrezca lo que necesitamos. La ubicación de la vivienda es, posiblemente, su principal característica y lo que determinará, en primer lugar, si la elegimos finalmente o no. Además, deberemos elegir el tipo de casa que queremos. Puede ser una vivienda unifamiliar o en pisos, nueva o usada, etc. Para buscarla contamos con varias opciones. Lo más común son portales de Internet, agencias inmobiliarias, promotores inmobiliarios o mediante buscadores.

Actualmente, se ha hecho obligatorio que los inmuebles dispongan de una certificación energética, comprendida entre las letras A y G, que muestra el consumo energético de la vivienda y su ahorro. Es un factor clave a la hora de adquirir una casa porque el certificado nos dará pistas de lo que ahorraremos.

Los siguientes pasos son el contrato de compraventa, escrito fundamental para que se realice la transacción, y la entrega de llaves. Este acto se hace mediante una escritura pública en la que aparecerán detallados todos los aspectos de la adquisición. Esto genera unos costes como los honorarios del notario, el registro de la propiedad, los impuestos, etc.

El último paso, una vez realizada la entrega de llaves, es el pago de la plusvalía municipal (lo paga el vendedor), el pago del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, la inscripción en el registro de la propiedad (lo hace el comprador) y el cambio de titularidad en el catastro (necesario para el IBI).