El Parlament aprueba la polémica ley de vivienda con el sector inmobiliario en contra

El Parlament aprueba la polémica ley de vivienda con el sector inmobiliario en contra
7 febrero, 2020 REDPISO

El pleno del Parlamento de Cataluña ha convalidado el Decreto Ley de vivienda que, entre otras cosas, obliga a los inversores a ofrecer un alquiler social a los okupas que lleven en la casa seis meses y eleva al 40% el porcentaje de suelo destinado a VPO en las nuevas promociones del Área Metropolitana de Barcelona. Se trata de medidas que el sector privado ha tildado de «drama» y «desprotección» para los actores del negocio inmobiliario en toda la comunidad autónoma.

Este decreto ley (el Decreto Ley 17/2019 de 23 de diciembre de medidas urgentes para mejorar el acceso a la vivienda) ha sido aprobado con los votos a favor de JXCat, ERC, Comuns y la CUP, mientras que el PSC se ha abstenido y Ciudadanos y el PP han votado en contra.

La normativa ya convalidada en el Parlamento (Decreto Ley 17/2019 de 23 de diciembre) establece una medida que traerá mucha polémica: obligar a los inversores a ofrecer alquileres sociales a okupas que hayan ocupado una vivienda vacía (adquirida tras una ejecución hipotecaria) si los mismos demuestran que estaban ocupando la vivienda desde antes del 30 de junio de 2019 (6 meses). Y los grandes arrendadores (bancos o fondos) no se salvarán aunque hayan interpuesto la correspondiente denuncia por okupación ilegal en el juzgado.

Expropiación de la propiedad

Hasta ahora, la expropiación forzosa temporal de una vivienda vacía podía ser frenada en el caso de que los inversores hubieran denunciado ante un juez la okupación de sus inmuebles, ahora los tribunales no servirán para evitar esa cesión a la Generalitat de las viviendas para que vivan los okupas. La nueva normativa afectará a bancos y fondos de inversión con decenas de viviendas a ceder sus propiedades para los okupas cuando estén vacías sin causa justificada.

Además, esta regulación trata fundamentalmente de incrementar el parque de vivienda protegida y la oferta de viviendas en régimen de alquiler. En concreto se refuerzan las herramientas para sacar al mercado las viviendas vacías (que serán aquellas que permanezcan desocupadas de forma permanente y sin causa justificada por un periodo de más de dos años), a la gestión de las situaciones de emergencia social, a la calificación de viviendas con protección oficial y a la moderación de los precios del alquiler de las viviendas libres.

Por ejemplo, a partir de ahora cuando un terreno cambie de uso para poder desarrollar viviendas sobre él (pasando de terciario a residencial, por ejemplo), se deberá reservar como mínimo un 40% para vivienda asequible (antes era el 30%). Este cambio también impactará en solares no urbanizables que quieran pasar a urbanizables, debiendo incorporar también un 40% de reserva para VPO.

Más oferta de alquiler y control de la renta

El decreto ley contempla un índice de referencia de precios de alquiler de viviendas y obliga al arrendador a comunicarlo al inquilino antes de firmar el contrato de arrendamiento y que conste en dicho contrato. En caso de incumplimiento el propietario puede acarrear multas de hasta 9.000 euros.

El decreto ley contempla medidas para activar y generar más suelo destinado a vivienda de protección oficial:

Los solares vacíos de titularidad municipal destinados a construir viviendas de protección oficial se podrán movilizar gradualmente: Se incorporan mecanismos que implican, de inicio, elaborar un inventario (en un plazo de un año) del patrimonio público de suelo y vivienda y también elaborar, en el plazo de 2 años, un programa de actuación concertada para poner a disposición de la ciudadanía viviendas de protección oficial en régimen de alquiler.

El sector inmobiliario, en contra

La Asociación de Promotores de Cataluña valora negativamente este Decreto Ley, ya que considera que tendrá efectos totalmente contrarios a los pretendidos, reduciendo el parque actual en alquiler, e impidiendo que se construya uno nuevo, al mismo tiempo que endurecerá la selección y valoración de los posibles arrendatarios”.

Según explica Carlos Smerdou, consejero delegado de Foro Consultores, “no es buena la solución de controlar el mercado porque puede producir el efecto contrario. La seguridad jurídica y económica es fundamental para ambas partes. Si se genera desequilibrio en una de ellas, en este caso el arrendador, estos para mantener su estructura empresarial y hacer frente a los costes que le puede generar, lo trasladarán al precio o reducirán su oferta en el mercado. Ante lo cual, el efecto será contrario al deseado. Son las Administraciones las que deben propiciar el aumento de vivienda en alquiler a precios competitivos. Reservar y dar salida al suelo municipal para vivienda social”.

Para Juan Antonio Gómez-Pintado, presidente de Asociación de Promotores y Constructores de España (APCE) y la asociación madrileña (Asprima), “lamentablemente la Generalitat aprobó un decreto absolutamente pernicioso, y creo que anticonstitucional, y desde la asociación maniobraremos para defender la no legalidad de este decreto ley”.

 

Artículo completo: idealista.com

0 Comentarios

Dejar una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

*

12 − siete =