Dudas sobre el certificado energético

Dudas sobre el certificado energético
21 marzo, 2017 REDPISO NEWS
certificación energética

Tras la obligatoriedad de disponer de un certificado energético para todas las viviendas que se pongan a la venta o en alquiler, surgen una serie de dudas que, desde Redpiso, vamos a proceder a resolver.

Desde que entró en vigor esta ley (14 de abril del 2013) se permitió un plazo de un mes y medio para que las viviendas en venta o en alquiler pudiesen ponerse al día. El encargado de pedir este certificado y de correr con los gastos de su obtención es el propietario de la vivienda, que tiene que pedirlo, reunir la documentación y registrarlo.

Aunque todos los inmuebles en venta o en alquiler deben disponer de su certificado energético, existen ciertas excepciones. Entre estas excepciones se encuentran los edificios oficialmente protegidos, los lugares de culto, los edificios provisionales, los edificios industriales y agrícolas, los edificios aislados de menos de 50 metros cuadrados, los edificios que necesiten grandes reformas y los edificios que se vayan a alquilar por menos de cuatro meses al año. En el resto de inmuebles en venta o alquiler, la etiqueta del certificado debe incluirse.

En la etiqueta del certificado energético aparecerá la letra correspondiente a su valor en términos de energía, su fecha de validez y la zona climática en la que se encuentre el edificio.